¿Qué daré al Señor por todos sus beneficios para conmigo? Alzaré la copa de la salvación, e invocaré el nombre del Señor. Cumpliré mis votos al Señor. (Salmos 116:12?14)
Lo que mantiene el pago de promesas libre del peligro de ser tratado como el pago de una deuda es que el pago, en realidad, no consiste en un pago ordinario, sino que es otro acto de recibir que magnifica la gracia continua de Dios. No engrandece nuestros recursos. Podemos observarlo en Salmos 116:12-14.
La respuesta del salmista a su propia pregunta, «¿Qué daré al Señor por todos sus beneficios para conmigo?», es, en esencia, que seguirá recibiendo beneficios del Señor, para que la inagotable bondad de Dios sea magnificada.
Primero, alzar la copa de la salvación significa tomar la satisfactoria salvación del Señor en la mano, beberla y esperar recibir más. Por eso digo que pagar a Dios en este contexto no consiste en hacer un pago ordinario: es un acto de recibir.
Segundo, ese también es el significado de la frase que le sigue: «invocaré el nombre del Señor». ¿Qué puedo darle a Dios porque, en su gracia, respondió a mi llamado? La respuesta es esta: volver a invocarlo. Le rendiré a Dios la alabanza y el tributo que él jamás necesita de mí, pero que siempre rebosa con beneficios cuando yo lo necesito (que es siempre).
En tercer lugar, el salmista agrega: «Cumpliré mis votos al Señor». Pero ¿cómo los pagará? Los pagará sosteniendo la copa de la salvación e invocando al Señor. Es decir, los pagará con la fe en la gracia venidera.
Devocional tomado del libro “Future Grace” (Gracia Venidera), páginas 37-38